Atribuciones de Patrón de Yate
Al obtener el título de
Patrón de Yate estarás habilitado a llevar embarcaciones durante el
día y la
noche, con una eslora máxima de 24 metros, permitiendo realizar travesías entre la Península y Baleares. También, con el Patrón de Yate podrás llevar tanto barcos de motor como de vela, siempre y cuando realicez las prácticas correspondientes de
habilitación a vela.
La distancia máxima a la que podrás alejarte de la costa es de
150 millas. Además, esta titulación te permite llevar
motos de agua sin límite de potencia.
Entre algunas de sus
atribuciones, también se encuentra la posibilidad de prestar determinados servicios de transporte, maniobras en puertos y playas, pruebas de mar y socorrismo con unas habilitaciones anejas, y, la habilitación a prestar servicios de excursiones turísticas y pesca de recreo con hasta 6 pasajeros a bordo.
Requisitos para la obtención del título de Patrón de Yate
Para obtener la titulación de
Patrón de Yate es necesario que cumplas una serie de
requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Tener en posesión del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo.
- Realiza las prácticas reglamentarias básicas de seguridad y navegación de Patrón de Yate.
- Aprobar un examen teórico tipo test estructurado en 40 preguntas.
- Realizar un reconomiento psicotécnico.
¿En qué se diferencia el Patrón de Yate del PER?
Es habitual en muchos patrones la duda de si el PY y el
PER son parecidos o inlcuso si son lo mismo. Entre sus
atribuciones más
similares están:
- Ser mayor de edad.
- Habilitación para llevar embarcaciones durante el día y la noche.
- Llevar motos de agua sin límite de potencia.
- Realización de un examen teórico tipo test para la obtención de la titulación.
- Realización de un curso teórico y una práctica reglamentaria básica de navegación y motor.
Sin embargo, donde realmente se nota la
diferencia de atribuciones es en los siguientes aspectos:
- El PY no precisa de una práctica de radiocomunicaciones para obtener el título, a diferencia del PER, que obliga a realizar una práctica de un total de 12 horas reglamentarias.
- El PER te habilita a embarcaciones de hasta 15 metros de eslora, mientras que con el PY podrás gobernar barcos de hasta 24 metros.
- El título de PY no necesita de la realización de una práctica de ampliación de atribuciones para poder realizar travesías entre la Península y Baleares, al contrario que el PER.
- La distancia máxima a la que podrás alejarte de la costa con el PER es de 12 millas, siendo de un máximo de 150 millas en el caso del PY.
¿PER ampliado o Patrón de Yate?
Como ya se ha mencionado previamente, el PER no es lo mismo que el PY. Desde que se puso en vigor la nueva normativa de titulaciones náuticas de recreo en enero de 2015, aquellos poseedores del título de
Patrón de Embarcaciones de Recreo se preguntan qué paso les interesa dar a continuación para beneficiarse de los cambios de
atribuciones, y por ello, se sienten tentados de sacarse el PER ampliado. Pero antes de tomar cualquier decisión tenemos que plantearnos dónde queremos navegar.
Si la idea es navegar por la costa del Mediterráneo peninsular o alquiler una embarcación alli, está totalmente justificiada la decisión de sacarse el
PER ampliado. Sin embargo, si lo que queremos es poder navegar por el Cantábrico o por el Atlántico, bien en su vertiente gallega o andaluza, de nada va a servir la
ampliación del PER, salvo que pretendamos manejar embarcaciones de más de 15 metros de eslora, lo cual no suele ser habitual.
Una vez hayamos analizado el objetivo principal de navegación, nos planteamos, ¿qué ventajas tiene sacarse el título de
Patrón de Yate? Se podría decir que la
ventaja principal de esta titulación es la ampliación de la distancia de navegación desde la costa: 150 millas. Alcanzadas estas millas de distancia, se puede cubrir todo el Mediterráneo, ya que siempre estaremos a esa distancia de cualquier costa, inclusive estando en alta mar. Además, si lo que queremos es navegar por el Atlántico, podremos cruzar hasta Canarias tranquilamente.
Otras de las ventajas del título de Patrón de Yate es el temario del
examen. Actualmente se ha reducido considerablemente respecto a lo que era antes, haciendo que sea más asequible de aprobar.
Examen teórico de Patrón de Yate
Es obligatorio aprobar un examen teórico para obtener el título. Este examen de tipo test está compuesto por un total de 40 preguntas de formulación independiente entre sí, con 4 posibles respuestas cada una. La duración máxima del examen es de un total de 2 horas y se corregirá mediante un doble criterio de valoración:
- Globalmente: Para conseguir el aprobado se deberá responder correctamente a un mínimo de 28 preguntas y un máximo de 12 errores, no permitiéndose superar un máximo de 5 errores en ciertas materias: Teoría de navegación 5 errores máximo y de navegación carta máximo 3 errores permitidos.
- Por módulos: Se podrá lograr el aprobado por módulos (2 en total), siempre y cuando se superen los criterios específicos de las 2 materias que componen cada módulo:
- Módulo genérico: Incluye las materias de Seguridad en la mar y Metereológia. La duración máxima es de 45 minutos y solo se permiten 5 errores por asignatura.
- Módulo de navegación: Incluye las materias de Teoría de navegación con un máximo de 5 fallos y Navegación carta en la que se permite un máximo de 3 errores. El total de la duración de este módulo es de 1 hora y 15 minutos.
Para aprobar el
Módulo 1 (Seguridad y Metereolgía), hay que responder al menos 5 preguntas correctamente de cada tema. En el caso del
Módulo 2 (Teoría de Navegación y Carta de Navegación), es necesario contestar correctamente 5 preguntas de teoría y 7 preguntas de carta.
El aprobado del módulo se conservará durante las 2 siguientes convocatorias. El aprobado por módulos sólo será válido en el ámbito exclusivo de cada Administración competente.
¿Caduca el título de Patrón de Yate?
La validez oficial del título de Patrón de Yate es de diez años. Una vez se ha cumplido el periodo de validez es necesario la renovación del título para poder seguir haciendo uso del mismo.
Para realizar la renovación de Patrón de Yate se requiere entregar la siguiente lista de documentos oficiales:
- Certificado original de reconocimiento psicofísico emitido en un centro de reconocimiento médico y psicotécnico autorizado.
- Justificante de pago de las tasas correspondientes.
- Una fotocopia del título oficial a renovar, en este caso del título de Capitán de Yate.
- Una fotocopia del DNI, pasaporte o en su defecto, tarjeta de la residencia en vigor.