Los títulos náutico-deportivos que habilitan específicamente para el gobierno de motos náuticas son los siguientes:
- Patrón de Moto Náutica "A", cuyas atribuciones son el manejo de motos náuticas de potencia igual o superior a 110 CV.
- Patrón de Moto Náutica "B", cuyas atribuciones son el manejo de motos náuticas de potencia superior a 55 CV e inferior a 110 CV.
- Autorización federativa de Patrón de Moto Náutica "C", cuyas atribuciones son el manejo de motos náuticas de potencia inferior a 55 CV.
Precisamente, el hecho de que las prácticas deban ser realizadas en motos náuticas y que la mayoría de las escuelas de navegación de recreo disponen únicamente de embarcaciones, supone una dificultad añadida a la hora de encontrar donde realizar las prácticas obligatorias para solicitar la titulación. La realización de prácticas en motos náuticas implicaría un ratio de un profesor por alumno y moto y esto encarecería el coste comparado con las prácticas del resto de titulaciones. Por estos motivos y debido a que el temario del examen teórico para motos náuticas y patrón de navegación básica es muy similar, son muchos los que optan por preparar directamente el título de patrón de navegación básica que además de permitir el gobierno de cualquier tipo de moto náutica sin límite de potencia, el P.N.B permite el gobierno de embarcaciones de recreo a motor hasta 6 metros y 8 metros si son de vela.