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Convocatoria de exámenes de titulaciones náuticas. Junio 2017 Madrid

La Dirección General de la Marina Mercante ha publicado las fechas, horario y lugar de los exámenes teóricos de titulaciones náuticas que se celebrarán el próximo 10 de junio en Madrid. Esta es la última convocatoria de exámenes teóricos antes del verano en la comunidad de Madrid.

HORARIO DE EXÁMENES DE RECREO, CONVOCATORIA DE MARZO 2017

PATRÓN DE NAVEGACiÓN BÁSICA:

Sábado 10 junio de 2017.
11:30: Única convocatoria: todos los matriculados.

PATRÓN DE EMBARCACIONES DE RECREO:

Sábado, 10 de junio de 2017:
- 08:30: Primera convocatoria: Matriculados cuyo primer apellido comience por las letras siguientes: de la A a la K (ambas letras incluidas).

- 11:30: Segunda convocatoria: Matriculados cuyo primer apellido comience por las letras siguientes: de la L a la Z (ambas letras incluidas).

PATRÓN YATE:

Sábado, 10 de junio de 2017:
- 08:30: Todos los matriculados, el llamamiento se realizará siguiendo el siguiente orden:

1- Examen completo (Ambos módulos)

2- Módulo de Navegación ( Teoría de Navegación y Navegación Carta)

3- Módulo Genérico ( Seguridad en la mar y Meteorología)

CAPITÁN DE YATE:

Sábado 10 de junio de 2017.

- 08:30: Todos los matriculados, el llamamiento se realizará siguiendo el siguiente orden:

1- Examen completo (Ambos módulos)

2- Módulo de Navegación (Teoría de la Navegación y Cálculo de Navegación)

3- Módulo Genérico (Inglés y Meteorología)

MATERIAL:

Todos los candidatos deberán presentar en el momento de la realización del examen original del DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor. Se podrá llevar al examen: transportador de ángulos, reglas, paralelas, bolígrafo y lápiz o portaminas. En el supuesto de sorprender a una persona con otro material que no sea el autorizado, anotaciones, material manuscrito o cualquier tipo de “chuleta”, se procederá a la retirada del ejercicio y se le expulsará del aula.

En el caso de los matrículados para el examen de Capitán de Yate y Patrón de Yate, además de lo anterior, no es necesario llevar almanaque náutico, no están permitidos los diccionarios de inglés, se puede utilizar alculadora no programable, y no es necesario llevar anuario de mareas

Lugar de examen para todas las titulaciones:
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS
Avd. Profesor Aranguren S/N – Ciudad Universitaria. Madrid.

Personas que estén en posesión del título de PNB:

- Aquellas personas que estén en posesión del título de patrón para navegación
básica, o hayan superado el examen teórico para la obtención del título de patrón para
navegación básica de acuerdo a lo especificado en el real decreto 875/2014, no tendrán
que realizar la prueba específica para el patrón de embarcaciones de recreo en su
totalidad, sino solamente las unidades teóricas 7, 8, 9, 10 y 11, disponiendo de un tiempo
máximo de 45 minutos.

Personas que hayan superado el examen teórico del PNB con la normativa vigente:

- Aquellas personas que estén en posesión del título de patrón para navegación básica, podrán presentarse al examen teórico específico para la obtención del título de
patrón de embarcaciones de recreo y complementario del ya superado para la obtención
del título de patrón para navegación básica, en cualquier Administración con competencias
en la materia, sea ésta la misma que expidió a su favor el título de patrón para navegación
básica u otra.

Aquellas personas que estando en posesión del título de PNB expedido por una
Comunidad Autónoma que se presenten a los exámenes convocados por la Dirección
General de la Marina Mercante y quieran acogerse a esta modalidad de examen, bien en
el momento de formalizar la matrícula o a más tardar el día del examen, deberán aportar
original y fotocopia (para ser cotejada) de dicha titulación

Personas que hayan superado algún módulo de PATRÓN DE YATE o CAPITÁN DE YATE con la normativa vigente (R.D 875/2017).

En el caso de aprobar algún módulo tanto en capitán como en patrón de yate, contado desde la entrada en vigor del R.D. 875/2014, se conservará dicho aprobado durante las dos convocatorias siguientes y naturales en las que la administración competente realice exámenes de patrón o de capitán de yate. El aprobado por módulos solo será válido en el ámbito exclusivo de cada Administración con competencias.
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