Nuevo
camino de profesionalización para las enseñanzas de la navegación a vela
El gobierno aprueba dos reales decretos para las enseñanzas de la navegación a
vela que junto al ya conocido de Patrón profesional de embarcaciones de recreo,
abre nuevos caminos de profesionalización en náutica de recreo.
El Real Decreto 935/2010, de 23 de julio, establece los títulos de Técnico
Deportivo en vela con aparejo fijo y Técnico Deportivo en vela con aparejo
libre, fijando en el mismo los requisitos para obtenerlo.
Estos títulos se encuadran en las enseñanzas deportivas de Grado Medio:
En el ciclo inicial común a ambas especialidades de 500 horas, se alcanzarán las
competencias necesarias para la enseñanza e iniciación deportiva de la
navegación a vela; el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta ocho metros;
la tutela a los deportistas durante su participación en actividades,
competiciones y eventos propios de este nivel, y la organización de estos
eventos.
Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes para estos profesionales
serán las siguientes:
a) Monitor de iniciación a la vela.
b) Entrenador de iniciación a la competición.
En el ciclo final de grado medio de 600 horas, se alcanzarán las competencias
necesarias para dirigir el entrenamiento básico y el perfeccionamiento técnico
en la etapa de tecnificación deportiva de la vela, con embarcaciones de aparejo
fijo; el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 12 metros; la organización
y tutela de los regatistas durante su participación en actividades,
competiciones y eventos. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes
para estos profesionales serán las siguientes:
a) Entrenador de tecnificación en vela con aparejo fijo.
b) Coordinador de otros técnicos de iniciación a la vela
c) Gestor y organizador de eventos de vela de promoción e iniciación.
d) Acompañamiento y dirección al regatista en competiciones
e) Responsable de la seguridad de la navegación y de las instalaciones
deportivas utilizadas en la tecnificación.
Ambos titulados podrán desarrollar su actividad profesional en los sectores del
deporte, el ocio y tiempo libre, tanto en el ámbito público, ya sea la
Administración General del Estado, las administraciones autonómicas o locales,
como en entidades de carácter privado, ya sean grandes, medianas o pequeñas
empresas, en patronatos deportivos, entidades deportivas municipales,
federaciones y clubes deportivos y sociales, escuelas de vela y escuelas
náuticas, centros educativos, empresas de servicios de actividades
extraescolares, casas de colonias, que ofrezcan actividades
deportivo-recreativas de descubrimiento e iniciación de la vela.
En el Real Decreto 936/2010, de 23 de julio, se establecen los títulos de
Técnico Deportivo Superior en vela con aparejo fijo y Técnico Deportivo Superior
en vela con aparejo libre, y fija también los requisitos de acceso.