Aprobadas
nuevas fórmulas de financiación para la náutica de recreo.
El Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de los
Registros y del Notariado, ha publicado una Resolución, con fecha 7
de julio de 2009, que mejora la financiación en la compra de barcos
de recreo en España.
Esta resolución es la respuesta a la
demanda de la asociación nacional de empresas náuticas que venían
demandando en los últimos meses cambios legislativos en esta
materia. Dicha resolución posibilita la utilización de nuevas
fórmulas de financiación para las embarcaciones de recreo que
tendrán una repercusión muy favorable para el sector
Se trata, sin duda, de un gran avance ya que, por fin, el sector de
la náutica de recreo va a poder utilizar los productos financieros
que hasta la fecha venía utilizando el sector de la automoción,
separándonos jurídicamente -de esta forma- del concepto de buque
mercante. En concreto, las embarcaciones de recreo podrán optar a
fórmulas como el préstamo con reserva de dominio tanto para
particulares como para empresas, así como a préstamos stock o prenda
stock para financiar su adquisición por parte de concesionarios y
distribuidores.
En todos estos casos, se consigue garantizar la operación a la
entidad financiera mediante la inscripción de estos contratos en el
Registro de Bienes Muebles, sin necesidad de elevación a público del
documento y sin necesidad de liquidar impuestos.
Asimismo, la consecución de este logro supone para el sector de la
náutica de recreo la superación de viejas fórmulas de financiación
que estaban pensadas única y exclusivamente para la adquisición de
buques mercantes (como la hipoteca mobiliaria e hipoteca naval
fundamentalmente); y que suponían unos costes y dificultades que las
hacían prácticamente inaccesibles para el sector de la náutica de
recreo y, en consecuencia, que ninguna entidad financiera se
introdujese de forma activa en el sector.
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